14 de diciembre de 2012

Manifestacion contra las nuevas tasas

Revuelta judicial

Magistrados y fiscales secundan el paro de una hora convocado en todo el país, aunque sólo una veintena participa en la concentración de los Juzgados, con presencia masiva de abogados

 10:01   




Fuente: Nueva España L. Á. VEGA
Los jueces y fiscales asturianos secundaron ayer el paro de una hora convocado por las asociaciones nacionales, aunque se produjeron pocas suspensiones de vistas, según indicaron fuentes de las asociaciones profesionales. Sólo una veintena de jueces acudió a la concentración celebrada en el patio de los Juzgados de Oviedo, donde sí estuvieron presentes un buen número de abogados y procuradores. «Nunca se habían unido tantos colectivos», indicó el magistrado Agustín Azparren. La comisión interasociativa (que agrupa a cuatro asociaciones de jueces y tres de fiscales) se reunirá hoy con el Grupo Popular en el Congreso para ver si se avienen a cambiar alguna de las reformas lanzadas por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón. «Si no, habrá un enero caliente», vaticinó Julio Martínez Zahonero, delegado de «Jueces para la democracia» en Asturias.
A la concentración de ayer, que se disolvió apenas pasada media hora, acudieron unas doscientas personas, sobre todo abogados, que quisieron mostrar su frontal rechazo a las tasas aprobadas por el Gobierno. En la concentración, megáfono en mano, la juez decana de Oviedo, Pilar Martínez Ceyanes, leyó el comunicado con el que jueces y fiscales justificaron el paro. «Exigimos la retirada inmediata del proyecto de reforma, porque perjudica la calidad de la Justicia y no encuentra justificación en la situación económica», comenzó la juez.
Continuó reclamando autonomía presupuestaria para el Consejo del Poder Judicial y la Fiscalía General del Estado, la convocatoria de plazas para elevar el número de jueces y fiscales hasta la media europea, determinar la carga de trabajo compatible con un servicio de calidad y dotar a la Justicia de medios suficientes para superar la actual situación de «abandono». Pasó luego a exigir que «las tasas judiciales no limiten el acceso» de los ciudadanos a la tutela judicial y clamó por que «la Justicia sea vista, más que como un problema, como la solución». Finalizó reclamando una Justicia centrada en las personas, ágil y que sea un punta de la «recuperación económica».
Algunos jueces suspendieron durante una hora las vistas que estaban celebrando, como la titular del Juzgado de lo penal número 3 de Oviedo. No otros magistrados, como Manuel Avello, de la sección tercera de la Audiencia, que continuó con el juicio que estaba celebrando.
Otros jueces de la Audiencia, como Agustín Azparren, acudieron a la concentración. Este juez estimó «muy difícil» doblar el brazo del Ministro, del que criticó sus últimas manifestaciones, en las que justificaba la protesta de los jueces como algo normal por haberles bajado el sueldo y haberles quitado la paga de Navidad. «En la convocatoria del paro no se habla de nada de eso. Las bajadas se asumen sin ningún problema por la situación en la que está el país», aseguró Azparren. En cuanto a las tasas, el magistrado de la sección primera de la Audiencia indicó que «en otros países de Europa se establecen tasas para disuadir a quienes pretenden burlarse de la Justicia, pero las que se han aprobado son indiscriminadas y afectan sobre todo a la clase media».
Llamó la atención sobre todo la presencia de magistrados del Tribunal Superior de Justicia, como José Ignacio Pérez Villamil, José Alejandro Criado o Luis Fernández Ardavín. Este último se mostró especialmente reivindicativo. «Toda mi vida me manifesté y fui a las huelgas, menos a las de los señoritos», aseguró este antiguo abogado laboralista de la época de la Transición. Ardavín se mostró optimista sobre las posibilidades de las movilizaciones: «A ver quién puede más», aseguró. Y reveló lo que le dijo a una joven que hace unos días, cuando intentó convencerle de entrar en una ONG: «No es tiempo de ONGs, sino de apuntarse al Ejército Popular». Este magistrado de la Sala de lo Social fue más allá. «Si salimos de la crisis como ellos quieren que salgamos, acabaremos como siervos de la gleba».
En la protesta de ayer hubo sobre todo abogados y procuradores. El decano de los letrados de Oviedo, Enrique Valdés Joglar, acusó a Gallardón de plantear un problema cada semana -esta le ha tocado a los registros civiles, según dijo-, para tapar el problema de la semana anterior, en este caso la subida de tasas. «Es un político avezado y hay que procurar que no nos engañe», indicó. Para Valdés Joglar, la subida de tasas quitará trabajo a los abogados, pero a quien de verdad perjudicará es a los ciudadanos.


8 de diciembre de 2012

Justicia gratuita para victimas de violencia de género y maltrato infantil

Todas las víctimas de violencia de género y maltrato infantil serán beneficiarias de justicia gratuitaDesde Egolegal os comunicamos que nuestra premisa es la de agotar las posibilidades de resolución amistosa antes de acudir a la vía judicial. Con ello, luchamos para que nuestros clientes no tengan que asumir gastos excesivos, como las nuevas tasas judiciales.
  • Quienes se acojan a este servicio quedarán exentos del pago de tasas.
El Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha anunciado en el Congreso de los Diputados que todas las víctimas de violencia de género y de maltrato infantil serán beneficiarias de justicia gratuita, lo que supone, además de poder ser representadas por un abogado y un procurador sin coste para ellas, que quedan exentas del pago de cualquier tasa.
FUENTE: Legal Today


El Ministro de Justicia ha clarificado en el Congreso de los Diputados que las mujeres maltratadas y los niños víctimas de violencia son tutelados, en la vía penal, a la que pertenecen el 72% de los asuntos que ingresan anualmente en los Juzgados. La Ley de Tasas no prevé el pago de ninguna tasa en la vía penal y cuenta con varias exenciones en los procesos civiles: los procesos de capacidad, filiación y menores, así como los de guarda y custodia de hijos menores o sobre alimentos. Sí hay previstas tasas para los divorcios y separaciones, que se resuelven en la vía civil.
Sin embargo, el Anteproyecto de Justicia Gratuita, en el que trabaja el Ministerio de Justicia para llevar en las próximas semanas al Consejo de Ministros, incluye a las víctimas de violencia de género y de maltrato infantil -así como a todos los colectivos contemplados en la Directiva 2012/29 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los derechos, el apoyo y la protección de víctimas de delitos- entre los beneficiarios de la Justicia gratuita, lo que las exime también del pago de tasas a la hora de divorciarse o separarse de su pareja.
El objetivo es que "ninguna mujer deje de recurrir al amparo de la Justicia, ni se abstenga de interponer una demanda de divorcio que la saque de la pesadilla de los malos tratos", ha afirmado el Ministro.
En respuesta a una pregunta del Grupo Parlamentario Socialista, al que ha acusado de "confundir reacción social con reacción corporativa", Ruiz-Gallardón ha explicado que "la Ley de Tasas está al servicio de los ciudadanos", porque el importe recaudado con ellas servirá para financiar el servicio de justicia gratuita, que en 2011 atendió a más de dos millones de personas. ¿Quiere saber lo que piensan los ciudadanos de la Ley de tasas?
El número de beneficiarios se verá ahora incrementado, al elevarse el umbral salarial que da derecho a esta garantía de 2 veces el salario mínimo interprofesional a 2,5 veces el IPREM (indicador de renta de efectos múltiples). Es decir, de 14.910 euros a 15.970 euros.
En su turno de réplica, el Ministro ha advertido al PSOE del riesgo de "la utilización partidista de hechos que no son ciertos" cuando lo que está en juego es la seguridad de muchas mujeres y ha acusado al Grupo Socialista de tener menos "ambición social" que la propia sociedad española, al limitarse a exigir que las víctimas de violencia de género queden exentas de las tasas, cuando "incluso serán beneficiarias de la justicia gratuita cuando entre en vigor la ley".

26 de noviembre de 2012

La Ley de Tasas acumula protestas y el Gobierno admite que se redactó precipitadamente

Desde Egolegal os comunicamos que nuestra premisa es la de agotar las posibilidades de resolución amistosa antes de acudir a la vía judicial. Con ello, luchamos para que nuestros clientes no tengan que asumir gastos excesivos, como las nuevas tasas judiciales.

  • La Agencia Tributaria prevé que antes de final de año estará en vigor la Orden Ministerial que estipulará el cobro de las nuevas tasas judiciales, que gestiona el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (art. 9 de la Ley).
  • Desde los defensores de la Ley de Tasas se hacen referencias veladas a que los abogados "empujaban" a los clientes a introducir los asuntos en el juzgado de un modo indiscriminado, bloqueando la Administración de Justicia.
El miércoles 21 de noviembre, un día después de su publicación en el BOE, entró en vigor la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. En el Congreso de los Diputados el portavoz adjunto del PP ha admitido que “a lo mejor” se ha tramitado con demasiada urgencia el Proyecto de Ley, cuya aplicación, además, está en suspenso por no haber formularios adecuados. La evidente barrera económica que pone en el acceso a la Administración de Justicia por parte de los ciudadanos y la no menos evidente traba para el negocio de la abogacía ha puesto al mundo del Derecho en pie.
Fuente: Legal Today


La Ley de tasas, que supone incrementos de entre 50 y 750 euros en los pagos a ingresar al Ministerio de Justicia para litigar, no sólo ha sido tramitada por el procedimiento de urgencia, sino que ha sido también publicada en un una semana estableciendo su entrada en vigor al día siguiente de su publicación. En Legal Today hemos ido informando del proceso. ¿Quiere saber algo más? 
Los ciudadanos tendrán que pagar por primera vez una tasa para acceder al orden Social y pagar un hasta 1.200 euros para recurrir ante el Tribunal Supremo en lo Civil y lo Contencioso-Administrativo. Hay que tener en cuenta la espectacular subida de litigiosidad en lo Contencioso-Administrativo tal y como analizábamos este verano. ¿Quiere conocer los bastidores de la litigiosidad en España? 

El Partido Popular reconoce cierta precipitación

La Ley de Tasas fue tramitada con urgencia en el Congreso de los Diputados, y una vez puesta en vigor, esta misma semana, el Ministerio de Justicia ha anunciado que se retrasa su aplicación al no haber impresos adecuados para el cobro de las cantidades. La Agencia Tributaria prevé que antes de final de año estará en vigor la Orden Ministerial que estipulará el cobro de las nuevas tasas judiciales, que gestiona el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (art. 9 de la Ley).
Para Antonio Hernández-Gil, Decano del Colegio de Abogados de Madrid y candidato a las próximas elecciones del Colegio, "Es sorprendente que una norma de este calado social y que va a afectar en tan gran medida al funcionamiento de los Juzgados y Tribunales haya entrado en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado provocando situaciones anómalas como ésta: la Ley ya ha entrado en vigor, pero la tasa no puede liquidarse porque no hay impresos. Todo el proceso de reflexión sobre una norma tan relevante debía haber sido mayor y haber contado con la interlocución de los operadores jurídicos afectados".
En declaraciones en el Congreso de los Diputados, Rafael Hernando, portavoz adjunto del Grupo Popular, ha admitido que "a lo mejor" el Proyecto de Ley ha ido "demasiado rápido" pero en cualquier caso ha zanjado que es imposible aplicarla  en el Congreso, pero en todo caso ha recordado que en la ley se habla de unos formularios que, mientras no estén disponibles, no puede aplicarse. En una clara alusión a la Abogacía, apuntilló que "las primeras víctimas del colapso de la Justicia son los justiciable y el interés general debe primar respecto a los gremios".
El mundo profesional del Derecho está en contra del "tasazo"

La Ley de Tasas afirma que "el derecho a la tutela judicial efectiva no debe ser confundido con el derecho a la justicia gratuita. Se trata de dos realidades jurídicas diferentes. Desde el momento en que la Constitución encomienda al legislador la regulación del alcance de esta última, está reconociendo que el ciudadano puede pagar por los servicios que &recibe de la Administración de Justicia.
Gonzalo Moliner, Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial ha declarado que "el único problema es si a cambio de agilizar la justicia, se interrumpe o torpedea el principio de tutela", aunque matiza que "pero mientras se mantenga ese principio, que creo que se mantiene con la ley, pues puede servir para agilizar los trámites, sobre todo los recursos". Para la primera autoridad judicial del país, la Ley de Tasas es "difícilmente explicable, pero la ha aprobado el Parlamento y como juez y presidente del Supremo la acato, la respeto y no tengo ninguna cosa más que decir".
Por su parte, el Juez Decano de Madrid, José Luis González Armengol, considera que las tasas son "un impuesto confiscatorio".
El Fiscal General de Estado, Eduardo Torres-Dulce, desea que la Ley establezca "un equilibrio entre la atención de un servicio público y que nadie pague por lo que no está utilizando".
La Plataforma Cívica para la Independencia Judicial ha apoyado expresamente las movilizaciones y protestas que han realizado los Colegios de Abogados de toda España. Esta entidad ha presentado un documento ante el Consejo Consultivo de los Jueces Europeos donde figuran tres proyectos del Gobierno que atacan la Independencia Judicial y desmantelan el Estado Constitucional de Derecho, entre los que se encuentra la Ley de Tasas, "que hará muy costoso el acceso de las clases medias y bajas a los tribunales, e, incluso, antieconómico y desaconsejable ya que los ciudadanos se gastarán más de lo que podrían obtener, de dárseles la razón".
La Comisión Interasociativa de Jueces y Fiscales ha mostrado su apoyo al Manifiesto aprobado por Comisión Permanente del Consejo General de la Abogacía. En el Manifiesto de la Abogacía se requiere al "Ministerio de Justicia a que aglutine a todos para superar el lamentable estado de la Administración de Justicia", por lo que defiende un Ministerio de Justicia que "aúne voluntades y no las separe, que oiga y que escuche" a todos los operadores jurídicos.
Sonia Gumpert, candidata al Colegio de Abogados de Madrid, sostiene que "es más efectivo preocuparse y enterarse del nacimiento de las leyes en vez de oponerse cuando ya están casi aprobadas. Es decir, debemos oponernos cuando proceda, en el mismo momento de la gestación de la ley. Por este motivo, se propone la creación de una comisión jurídica que de seguimiento a todas las iniciativas parlamentarias desde su inicio". Antonio Hernández-Gil, actual Decano y candidato a la reelección recuerda que "la eliminación de las tasas judiciales de 1986 fue un avance social y esta medida es ahora un regresión. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el Tribunal Constitución admiten la posibilidad de imponer tasas judiciales, pero de forma condicionada, siempre que no representen una traba excesiva y no provoquen, ante las circunstancias de los casos concretos, la quiebra del derecho a la tutela judicial o al recurso. Las tasas que ahora se están imponiendo a la generalidad de los ciudadanos (prácticamente solo se exceptúa a los que tienen derecho a la justicia gratuita) son el doble de las tasas en el año 2002 se establecieron  para las sociedades que facturaban más de 8 millones de euros. Me parece una medida desproporcionada".
Javier Cremades, candidato a Decano del Colegio de Abogados de Madrid sostiene que "todos los profesionales de justicia creemos que es un error. El camino no es levantar nuevas barreras sino crear una cultura judicial distinta". Además, "la justicia sí tiene un precio ya que se paga a través de los presupuestos y las costas, cuando se pierde se paga, así que es absurdo cobrar por adelantado el acceso a la justicia".

La mediación se impone

No parece casualidad que en julio se aprobó la Ley 5/2012, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.
Los acuerdos de mediación tienen un índice de cumplimiento voluntario por las partes superior al de los laudos arbitrales y las sentencias: hasta el 98 por 100 de los casos. De hecho, el último Barómetro de la Abogacía refleja que los clientes valoran la capacidad de los abogados para buscar un acuerdo que ponga fin a la disputa (un 62 por ciento de los españoles lo ven así) frente a los que valoran más su experiencia en juicios para tratar de conseguir el máximo posible (35 por ciento).
Además, en la que será nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal, la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial y de la Ley de Demarcación y de Planta Judicial se está dando espacio a la mediación.

19 de noviembre de 2012

¿Hasta cuándo tengo que pagar la pensión alimenticia?

Civil

A pesar de que, debido al incremento de divorcios en nuestro país, cada vez más personas pagan una pensión alimenticia a favor de sus hijos, continúan sorprendiéndose cuando, en nuestro despacho, les informamos que ésta no finaliza cuando sus hijos cumplan 18 años.

Del mismo modo también quien la recibe por tener a cargo a sus hijos muestra su satisfacción porque la misma se prorrogue más allá de dicha edad. El motivo de la sorpresa (positiva para unos y negativa para los otros)  es que continúa siendo generalizada la creencia de que cesa la obligación de pagar alimentos a los hijos con la mayoría de edad de éstos. PERO NO ES ASI.
Nuestro ordenamiento jurídico no establece ninguna edad a partir de la cual se extinga automáticamente la pensión alimenticia sino que simplemente indica que será "hasta su independencia económica". Obviamente dicha expresión es muy ambigua y la pregunta que surge a continuación es ¿Cuándo podemos considerar que son independientes económicamente?? La mayoría de Juzgados coinciden: cuando los hijos se hayan incorporado al mercado laboral.
Ahora bien, en el contexto económico actual es difícil determinar en que momento se produce dicha incorporación ya que el mercado laboral es inestable, temporal y con escasa remuneración y, por tanto, difícilmente será suficiente para que puedan vivir de forma independiente  ¿deberemos entonces pagar indefinidamente la pensión? LA RESPUESTA ES NO. La mayoría de los tribunales entienden que dejara de abonarse cuando el hijo ya haya demostrado que está en disposición de procurarse por si mismo medios de vida. Es decir, habrá periodos en los que trabaje y otros en los que perciba el desempleo e, incluso, algunos en los que no tenga ningún tipo de ingresos, pero si no estudia y ya ha desarrollado algún tipo de trabajo anteriormente,  ya será causa suficiente de extinción de la pensión.
  Y quizás se pregunten ¿ que pasa con nuestra generación "nini"?   Pues bien, la obligación alimenticia que tienen los padres frente a sus hijos esta condicionada a que la falta de recursos económicos por parte del hijo no provenga de una causa imputable al mismo por lo que, cuando el hijo no quiere estudiar ni buscar trabajo la pensión debe extinguirse. Generalmente cuando estas situaciones llegan a los juzgados, estos suelen establecer que el padre continúe pagando la pensión durante un breve espacio de tiempo (normalmente 1 año) transcurrido el cual la pensión se extingue.

14 de noviembre de 2012

¿Conoce con exactitud los efectos de la huelga en la relación laboral?

 

Hoy día 14 de noviembre se llevará a cabo la segunda huelga general en once meses convocada por las centrales sindicales. Desde el partido del gobierno se sostiene que “los trabajadores que la secunden entenderán que defienden sus intereses, pero los motivos de la convocatoria parecen más políticos que de representación de los trabajadores”. Pero, ¿sabemos exactamente las consecuencias de una jornada de huelga en la relación laboral?
Fuente: Legal Today

En ausencia de ley que regule el ejercicio del derecho de huelga, contemplado en el artículo 28.2 de la Constitución Española, la normativa vigente se compone de la propia Constitución, completada por el Real Decreto-Ley 17/1977, de 4 de marzo, de Relaciones de Trabajo, declarado parcialmente constitucional y reinterpretado, fundamentalmente, por la STC 11/1981, de 8 de abril.
Con un marco legal así de exiguo, y dado que desde el Departamento Laboral de Ernst & Young Abogados se ha facilitado una guía de actuación ante la huelga general, les facilitamos unos parámetros generales al respecto.
  • Todos los trabajadores y funcionarios han sido llamados a la huelga, pero su adhesión es individual, por lo que no puede anticiparse el índice de participación en cada empresa.
  • La huelga suspende la relación laboral.
  • La huelga conlleva la pérdida de retribución correspondiente al periodo afectado.
  • Durante el periodo de huelga el trabajador permanece en situación de alta formal con la suspensión de la obligación de cotizar a la Seguridad Social.
  • Es recomendable establecer un sistema de censo en los centros de trabajo a los efectos de controlar qué trabajadores secundan la huelga para así proceder a realizar la gestión administrativa correspondiente. Este sistema debería acordarse con los representantes de los trabajadores designados a tal efecto.
  • La realización de los servicios mínimos, de mantenimiento y seguridad deben pactarse con los representantes de los trabajadores, salvo que nos encontremos en empresas encargadas de la prestación de cualquier género de servicios públicos o de reconocida e inaplazable necesidad y concurran circunstancias de especial gravedad, donde el Gobierno podrá acordar las medidas necesarias para asegurar el funcionamiento de los servicios.
  • Los piquetes informativos pueden cumplir con su función, pero si se excedieran y pusieran en peligro los bienes o los derechos de las personas, incluido el derecho a trabajar, se podrá requerir la intervención de la Autoridad Pública.
  • No cabe denegar el acceso de los trabajadores adheridos al centro ya que pueden ejercitar su derecho mediante simple permanencia pasiva en su puesto de trabajo.
  • El cierre patronal únicamente está previsto para los supuestos de que exista notorio peligro de violencia, ocupación ilegal del centro de trabajo o que el volumen de inasistencia o irregularidades en el trabajo impidan el proceso normal de producción.

4 de noviembre de 2012

Haber superado el aforo o no en “Madrid Arena”, clave para la responsabilidad penal de la organización

Las responsabilidades que derivan de las muertes y lesiones de fiesta de Halloween en Madrid dependerán en gran parte del análisis del visionado del material audiovisual y de la documentación contable de venta de entradas que están llevando a cabo las fuerzas del orden en colaboración con las autoridades judiciales.
 Fuente: Legal Today

El Magistrado titular del Juzgado de Instrucción Número 51 de Madrid, en funciones de Guardia de Diligencias, ha abierto expediente de Diligencias Previas con relación a los hechos sucedidos en el Pabellón ‘Madrid Arena' en la madrugada del 31 de octubre.
 La noche de los hechos la Comisión Judicial al completo (Magistrado, Secretario Judicial, Fiscal de Guardia, Médico Forense y demás funcionarios) acudió al lugar cuando se curso el correspondiente aviso. Una vez allí, se procedió al levantamiento de dos cadáveres, según marca el protocolo legal. Una tercera persona falleció en el Hospital.
Una vez se han abierto las Diligencias Previas oportunas, el magistrado está a la espera de tres informes para continuar su investigación judicial
El Magistrado trabaja  con el Grupo de Homicidios de la Policía Nacional encargado de la investigación,así como con la Fiscalía y el Instituto Anatómico Forense.
Juez Decano de Madrid
El Juez Decano de Madrid, José Luis González Armengol, ha asegurado que el punto esencial  es esclarecer si se ha superado o no el aforo correspondiente. González Armengol ha explicado que el número de personas por metro cuadrado se puede verificar a través mediante el análisis de las filmaciones que los propios asistentes han hecho y que están en la Red, aparte de ya almacenadas en dispositivos policiales, fotografías y otra documentación.
González Armengol a explicado además que, conforme a la normativa, la empresa tiene que contar con un plan de autoprotección que recibe, a su vez, el visto bueno del titular del recinto (en este caso, una empresa pública del Consistorio madrileño llamada "Madrid, Espacios y Congresos").
Dicho plan de autoprotección se refiere al aforo, al nivel de seguridad del recinto y gestionabilidad  de posibles evacuaciones. ¿Quiere saber de qué se trata? 
La autoridad judicial ha subrayado que el control de la superación o no el aforo en el recinto corresponde a la Policía Municipal. La seguridad del edificio, por otra parte, donde no pueden entrar las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, es de la empresa de seguridad contratada por la empresa organizadora de la fiesta.
Asimismo, se está estudiando qué control hubo de entrada de menores e introducción en el recinto de alcohol y demás material; dado que declaraciones de testigos afirman que no se comprobó la documentación personal a la entrada y se permitió introducir bolsos y mochilas sin inspeccionar. El control de estos puntos es responsabilidad de la empresa organizadora.
A este respecto ha recordado que el control de las entradas era competencia de la empresa de seguridad contratada para ese evento.