16 de junio de 2015

Los jueces pueden pedir indemnización por no haber descansado tras las guardias

El Juzgado Central de lo Contencioso número 4 ha condenado al Ministerio de Justicia a abonar 6.600 euros a un juez de instrucción por las 33 guardias que efectuó de 2011 a 2103, sin disfrutar de los días de permiso pertinentes.
La sentencia afectará a todos los jueces de instrucción que no disfrutaron del día saliente de guardia antes del 15 de octubre de 2013, fecha en la que se modificó el reglamento para reconocer el derecho de los jueces a disfrutar de un día de permiso tras la guardia.





En su sentencia, la juez se basa en la normativa europea y en un acuerdo del CGPJ de 15 de octubre de 2013 que modificaba el reglamento 1/2005 para aplicar la Directiva europea sobre esta materia (2003/88), estableciendo pautas relativas a los periodos mínimos de descanso que deben disfrutar todos los trabajadores del sector público y privado, y que fija disposiciones mínimas sobre el descanso diario y semanal y también sobre la duración máxima de trabajo semanal.
La juez entiende que esa Directiva comprende también a los miembros de la carrera judicial, a pesar de que “es el único cuerpo funcionarial que aún no tenía  reconocido de forma general este descanso tras la finalización del servicio de guardia, sin que se advierta la razón que justifique esta situación, lo que aún es más llamativo si se advierte que es precisamente la presencia del juez o magistrado la que resulta obligada, perentoria y fundamental en la prestación del servicio de guardia, y en las actuaciones judiciales que de la misma puedan resultar”.
La sentencia hace constar además que la jornada de los jueces  “no sólo no está siempre establecida previamente, sino que en numerosas ocasiones se prolonga por exigencia de su propio régimen jurídico, mediante la prestación del servicio de guardia”.
Por la cuantía no cabe recurso ante la Sala de lo Contencioso pero sí se puede interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo por interés de ley.

11 de junio de 2015

Disminuye el número de nuevos asuntos y de asuntos pendientes de resolución en los tríbunales



2.172.000 nuevos asuntos ingresaron en los Juzgados y Tribunales españoles durante el primer trimestre del año. El dato supone una disminución del 2,3% respecto al mismo periodo de 2014, según el informe “Situación de los órganos judiciales en el primer trimestre de 2015” publicado por la Sección de Estadística del Consejo General del Poder Judicial.
El informe señala también que el número de asuntos resueltos entre el 1 de enero y el 31 de marzo pasados fue de 2.265.947, y que los asuntos que quedaban en trámite al final de ese periodo eran 2.485.362, un 4,7 % menos que al final del primer trimestre de 2014.
Los ingresos bajan en Penal y Social y suben en Civil y Contencioso
Por jurisdicciones, el descenso más acusado se ha producido en la penal y social, en particular en esta última, donde alcanzó el 8,2 %, mienstras que los órdenes civil y contencioso-administrativo han registrado un aumento de nuevos casos.
En concreto, en la  jurisdicción civil se registraron 491.205 ingresos, un 1,9 % más que en el primer trimestre de 2014. La cifra de asuntos resueltos fue de 514.707 y la de asuntos que quedaban en trámite al final del periodo de 985.070, un 3,3 % menos que en las mismas fechas del año pasado.
En la jurisdicción penal, que concentra el 70 % de los asuntos que entran en los tribunales, ingresaron 1.517.487, lo que supone un 3,2 % menos que en el primer trimestre de 2014. El número de asuntos resueltos fue de 1.578.863 y el de asuntos en trámite al final del periodo de 934.478, que representa un 5,4 % menos que el año pasado.
La jurisdicción contencioso-administrativa recibió 52.083 asuntos, un 0,9 % más que hace un año. Se resolvieron 60.710 asuntos y quedaron en trámite al final del periodo 224.822, un 7,4 % menos que a 31 de marzo de 2014.
Por último, los 111.227 asuntos ingresados en el primer trimestre del año en la jurisdicción social suponen un descenso del 8,2 % respecto al mismo periodo del año pasado. En este orden jurisdiccional se resolvieron 111.575 asuntos; mientras que la cifra de los que quedaban en trámite al final del trimestre fue de 340.911, un 4,6 % menos que el año pasado.
Andalucía, Madrid y Canarias, a la cabeza en litigiosidad
Durante el primer trimestre de 2015, la tasa de litigiosidad en el conjunto de España fue de 46,6 asuntos por cada mil habitantes.
Cinco Comunidades Autónomas superaron esa media: Andalucía (55,9), Madrid (52), Canarias (51,7), Cantabria (49,1) y la Comunidad Valenciana (47,9). En el otro extremo se sitúan La Rioja (31), el País Vasco (32,2) y Extremadura (37,1).
Previsión sobre los efectos del nuevo Código Penal
En cuanto a las previsiones para lo que resta de año, el CGPJ prevé que la reforma del Código Penal que entrará en vigor el próximo 1 de julio de 2015 producirá previsiblemente una notable disminución en la entrada de asuntos en la jurisdicción penal, con los consiguientes efectos en la resolución y la pendencia, como consecuencia de la despenalización de algunos tipos de faltas.
Los datos por TSJ y provincias están disponibles en la siguiente dirección: